Empresas De Servicios Públicos Domiciliarios De Pitalito - EMPITALITO E.S.P

Dirección Comercial y Atención al Ciudadano

Propósito Principal:

Dirigir, controlar y evaluar las operaciones comerciales de la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, realizar la facturación y el recaudo de los servicios, las suspensiones, cortes y reconexiones, mantener actualizado el catastro de usuarios, atención oportuna de los usuarios, gestión de cartera, certificación de viabilidad de la prestación de los servicios y la gestión social.

Información Relevante:

Numero de Suscriptores Facturado por servicios

El suscriptor de servicios públicos domiciliarios es la persona natural o jurídica que firma el contrato de condiciones uniformes con la empresa prestadora, siendo generalmente el propietario, arrendatario o tenedor del inmueble. Se diferencia del usuario, quien es el receptor directo y beneficiario del servicio.

Puntos clave:

  • Suscriptor: Contrata el servicio y es responsable de las obligaciones contractuales.
  • Usuario: Consume o se beneficia del servicio.
  • Facturación: La factura se emite al suscriptor por los consumos y servicios inherentes.
  • Derechos: Tienen derecho a la medición del consumo real y a presentar recursos (quejas).
  • Responsabilidad: El suscriptor puede ser diferente del usuario, por ejemplo, en inmuebles arrendados.
  • Clasificación: Incluye residencial, comercial, industrial, oficial y especial.

 

A continuación se detalla el numero de suscriptores facturados por servicio de acueducto, alcantarillado y aseo: 

En cumplimiento de la Ley 1712 de 2014, Resolución 1519 de 2020; Anexo 2; se expone a la ciudadanía el Informe Mensual de la gestión de todas las peticiones, quejas, reclamos, denuncias y solicitudes de acceso a la información (PQRDS) recibidas en la Empresa de Servicios Publicos Domiciliarios de Pitalito EMPITALITO ESP.

Un estudio tarifario es un documento técnico y legal que sirve para calcular cuánto se debe cobrar por la prestación de un servicio, principalmente en el sector de los servicios públicos (como agua, alcantarillado o aseo).

Su objetivo principal es garantizar que la empresa pueda cubrir sus costos de operación y realizar inversiones futuras, asegurando al mismo tiempo que el precio sea justo y sostenible para los usuarios.

¿Qué incluye y para qué sirve?

  • Diagnóstico técnico y financiero: Analiza el estado actual de la empresa, su capacidad operativa y sus necesidades de inversión.
  • Cálculo de costos: Define los costos de administración, operación, mantenimiento, reposición y tasas ambientales.
  • Hoja de ruta de inversiones: Establece un programa de mejoras a mediano y largo plazo para cerrar brechas de cobertura y calidad.
  • Fórmulas tarifarias: Determina los precios específicos que se aplicarán a los usuarios durante un periodo determinado, usualmente 5 años.
  • Sostenibilidad y equidad: Permite aplicar «subsidios cruzados», donde quienes tienen más capacidad de pago apoyan a los usuarios en condición de pobreza.

 

En Colombia, estos estudios se rigen por normativas de entidades como la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD).

Las tarifas de acueducto y alcantarillado en Colombia se componen de un cargo fijo y un cargo por consumo (m), regulados por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento (CRA) (Resoluciones CRA 825/2017 y 688/2014). Varían según el estrato socioeconómico (subsidios para 1-3, contribuciones para 5-6 y comercial e industrial) y se ajustan por el IPC.

Componentes y Detalles Tarifarios:

  • Cargo Fijo: Cubre costos de administración, con rangos definidos por suscriptor al mes.
  • Cargo por Consumo (Acueducto/Alcantarillado): Depende del Costo Medio de Operación (CMO), Inversión (CMI) y Tasa Ambiental (CMT).

Factores de Ajuste:

  • Variación IPC: Las tarifas se actualizan si la inflación acumulada alcanza el 3% o más.

Los subsidios operan siempre como un menor valor de la factura de servicios públicos de aseo para los usuarios a los que se les otorguen. Los aportes solidarios, por el contrario, operan como un mayor valor de la factura de servicios públicos a los usuarios que se les cobre.

La Constitución Nacional ordena en su artículo 365 y posteriores, la obligatoriedad de subsidiar el pago de servicios públicos domiciliarios de los usuarios más desfavorecidos económicamente. La ley de servicios públicos domiciliarios (142 de 1994), establece los criterios fundamentales para subsidiar los usuarios más desfavorecidos económicamente:

  • Es obligatorio subsidiar los usuarios de estrato 1 y 2
  • Es opcional subsidiar los usuarios de estrato 3
  • Los cargos subsidiables son el cargo fijo y el consumo básico o de subsistencia.
  • Las fuentes para el otorgamiento de subsidios son: los aportes solidarios o sobrecostos cobrados en los servicios públicos del mismo tipo a los usuarios de estratos superiores: 5 y 6, además de comerciales e industriales; los recursos del SGP del sector agua potable y saneamiento básico; los recursos propios del ente territorial; los superávit de los fondos de solidaridad de otros municipios.

Los subsidios tienen un tope establecido por la ley 142 de 1994 y la ley 1450 de 2011, de la siguiente manera:

Estrato 1

Hasta el 70%

Estrato 2

Hasta el 40%

Estrato 3

Hasta el 15%

Los índices para aportes solidarios no tienen límites, en virtud a la aplicación de la Ley 1150 del año 2011. Los aportes solidarios han tenido límites: la ley 142 determinaba como límite máximo el 20%, mientras que el decreto 057 establecía como límites mínimos el 30%, 50% y 60% según el uso del usuario. El decreto 057 del 2006, fue declarado nulo por el Concejo de Estado en marzo de 2010; sin embargo, la ley 1450 de 2011 en su artículo 125, refrenda los topes propuestos por el decreto 057 de 2006.

En virtud de lo anterior el concejo municipal de Pitalito ha dispusto ha acuerdos municipales los cuales aprueban los factores de subsidios y contribuciones para los servicios publicos de acueducto, alcantarillado y aseo.

EPP te invita a seguirnos en nuestras redes sociales y ser parte de nuestras acciones de apoyo y desarrollo para la comunidad Juntos, trabajamos por un futuro mejor.

Empresa líder en el sur colombiano en la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.

¡Únete a la familia!

Suscríbete a nuestro Newsletter, o Síguenos en nuestras Redes Sociales

¡Te has suscrito exitosamente! ¡Ops! Algo salió mal, inténtalo de nuevo.

¡GENERAMOS CALIDAD DE VIDA!

EMAILS INSTITUCIONALES

Teléfonos

UBICACIÓN

HORARIO DE ATENCIÓN AL PUBLICO

Lunes a Viernes 07:30 AM - 12:00 PM
Lunes a Viernes 2:00 PM - 05:00 PM

HORARIO DE FUNCIONARIOS

Lunes a Viernes 07:30 AM - 12:00 PM
Lunes a Viernes 2:00 PM - 06:00 PM

© 2026 EMPITALITO E.S.P - TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS