EMPITALITO E.S.P. recuerda a todos los usuarios que el Código Penal Colombiano tipifica la defraudación de fluidos como un delito grave, que atenta contra el patrimonio y el orden socioeconómico. Las conexiones ilegales de agua, además de perjudicar a la comunidad, tienen serias implicaciones legales.
¡Denuncia de forma anónima! A través de nuestros canales habilitados:
Puedes reportar de forma anónima cualquier actividad fraudulenta relacionada con el servicio de acueducto y alcantarillado.
¡Tu participación es vital para mantener la legalidad y transparencia en el uso de este recurso esencial!
¿Cuándo incurres en defraudación de fluidos?
Si realizas alguna de estas actividades, estás cometiendo un delito:
Consecuencias Legales y Administrativas
La Ley 599 de 2000, en su artículo 256, establece que toda persona que se apropie de fluidos como el agua, energía eléctrica, gas natural o señales de telecomunicaciones mediante mecanismos clandestinos, se enfrenta a penas de 16 a 72 meses de prisión y en multa de uno punto treinta y tres (1.33) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Además, quienes cometan este tipo de fraudes estarán violando el Contrato de Condiciones Uniformes, lo que conlleva:
El fraude también acarrea la pérdida de derechos como usuario, impidiéndote reclamar por fallas o inconsistencias en el servicio, tras agotar el debido proceso.
¡No te arriesgues! ¡Mantente dentro de la legalidad y contribuye a un uso justo y transparente de nuestros recursos hídricos!
Para más información, consulta el Contrato de Condiciones Uniformes de Acueducto y Alcantarillado, donde se detallan las causales de suspensión del servicio y las implicaciones legales de las irregularidades.
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