De conformidad con lo establecido en la Ley 87 de 1993, sus normas y decretos reglamentarios, en particular el Decreto 648 de 2017, modificatorio del decreto 1083 de 2015, en el que se definen los roles de control interno y dando cumplimiento a lo contenido en la Ley 951 de 2005, así como en la Directiva 009 del 08 de Julio de 2019, expedida por el Procurador General de la Nación, la Oficina de Control Interno de la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de Pitalito, elaboró el informe correspondiente al proceso de empalme realizado entre el equipo directivo saliente y el equipo de empalme designado por el gobierno entrante para el periodo 2020-2023, sobre la gestión ejecutada durante el periodo 2016-2019.

El presente informe contiene el compendio de todas las acciones realizadas desde la etapa de preparación, hasta la entrega de cargos y firma del acta final de empalme, así como la entrega y recepción del informe de gestión consolidado y etapa de revisión. En tal sentido, acogiendo lo contenido en la directiva antes mencionada, inicialmente se efectuó en el mes de julio al interior de la entidad, con la participación de todas las dependencias, la socialización de los formatos que se recomienda en la misma, haciendo especial énfasis en la importancia que tiene la elaboración y consolidación del informe de gestión como base para un buen proceso de empalme.

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